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Hoy mientras hacía mi sagrada revisión de noticias irrelevantes en LUN me topé con una nota que captó particularmente mi atención, y no de una buena manera.

Titular de LUN

Titular de LUN

Como ven, la nota se titula “Todo lo que necesita saber sobre el remedio homeopático que ataca la gripe”. Primero no debería extrañarnos que le hagan una nota a un medicamento al que le hacen publicidad todos los días en el mismo diario.
Pero usted se dirá, “Javi, no veo qué es lo que te indigna”… Como dijo nuestro querido @GaboTuitero, esto es un “publireportaje”.

Publicidad de todos los días en LUN

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La primera persona que habla sobre la efectividad del medicamento es María Inés Rivas, químico farmacéutico de Recalcine, la empresa que distribuye el Oscillococcinum en Chile, lo que elimina totalmente la objetividad de su opinión respecto al medicamento. El segundo es José Miguel Flores, académico de la carrera de Química y Farmacia de la Universidad San Sebastián, y consultor de Global Consultores Chile. En mi opinión, el hecho de poner a un académico a defender lo indefendible es solo un claro ejemplo de un argumento ad verecundiam.

Pero vamos paso por paso. En la siguiente nota veremos un poco de qué se trata la homeopatía, qué es el Oscillococcinum y por último analizaremos un poco cómo funciona el registro de fármacos en Chile.

¿Qué es la homeopatía?

Homeopathy-pills-2Antes que todo, es importante no confundir la homeopatía con la medicina natural. La palabra homeopatía viene del griego homoios, que significa “similar”, y pathos, “sufrimiento”. El origen de la palabra refleja claramente su premisa fundamental, “lo similar cura lo similar” (similia similibus curantur). La homeopatía, creada a finales del siglo XVIII por el médico Samuel Hahnemann, se considera pseudociencia ya que se basa en fundamentos filosóficos axiomáticos e ignora por completo el método científico. Entre las afirmaciones de la homeopatía encontramos:

  • Lo que causa determinados síntomas puede curar esos mismos síntomas si la dosis es baja. La premisa de que lo similar cure lo similar se conoce en homeopatía como “ley de similitud” de Hahnemann. Esta afirmación no ha sido comprobada científicamente.

  • Cuanto mayor es la dilución (reducción de la concentración de una sustancia química en una disolución), más potente es el efecto

  • Se considera que la raíz del mal es espiritual (energético) en vez de físico

Hasta ahora la efectividad de la homeopatía no ha podido ser comprobada por medios objetivos, y sus efectos son los mismos que los del efecto placebo. La homeopatía no puede ser considerada como una forma de terapia basada en evidencias (porque no las hay).

Otro término importante en homeopatía es la “dinamización”, es el proceso de diluir un ingrediente en agua. Supuestamente, mientras más diluido esté el componente, más potente se hace. En el proceso de dinamización, se diluye progresivamente una sustancia, y se sacude repetidas veces la disolución. Tras las sucesivas disoluciones, solo quedan presentes cantidades extremadamente bajas del principio activo. A veces la dilución es tal, que no queda ni una molécula de la sustancia original. Debido a este “problema”, los homeópatas han tenido que recurrir a nuevas explicaciones, como la supuesta “memoria del agua” para explicar los efectos que ellos aseguran que tienen estas terapias.

Como mencionamos anteriormente, la homeopatía define la potencia de sus remedios de acuerdo al número de diluciones: cuanto más diluidos estén, más potentes se les considera. La potencia es un número entero (que mientras más alto, mayor es la dilución) seguido de una X o en ocasiones una C o CH. Una X, C o CH equivale a 1 parte de sustancia activa y 99 de agua o sustancia inocua, es decir, 1/100 de sustancia activa.
Pero puesto que el agua a lo largo de su historia ha estado en contacto con millones de substancias distintas, un solo vaso de agua sería una dilución de casi cualquier substancia concebible, y de acuerdo a los principios homeopáticos, serviría como tratamiento para casi cualquier enfermedad.

Información obtenida de Wikipedia.

También, les recomiendo fuertemente que vean este video para que entiendan lo ridícula que es esta práctica.

Oscillococcinum, contra la mayoría de los virus de la gripe

BOI-99851-1Este medicamento es fabricado por la compañía francesa Boiron. En un principio fue descubierto por el médico francés Joseph Roy (1891-1978), quien se encontraba en labores militares cuando la gripe española atacó en 1917. Examinando la sangre de las víctimas, encontró un extraño microorganismo: una bacteria que consistía en dos bolas desiguales que realizaban un movimiento vibratorio. Roy las llamó “oscillococci”. Luego, Roy descubrió las mismas bacterias en la sangre y los tumores de pacientes con cáncer, en úlceras sifilíticas, en los tubérculos de pacientes con tuberculosis y en la pus de los enfermos de gonorrea. También pacientes con eccema, reumatismo, paperas, varicela y sarampión albergaban este “germen universal”.

No es claro hasta el día de hoy qué fue lo que Roy observó con su microscopio, pero es claro que no era la causa de estas enfermedades. El reumatismo, eccema y la mayor parte de los cánceres no son causados por microbios, y el sarampión y la varicela son causadas por virus, que no pueden ser observados con un microscopio común. Y lo más importante, NINGÚN OTRO BACTERIÓLOGO HA REPORTADO HABER VISTO EL COCCI DE ROY.

Cairina moschata

Cairina moschata

Roy pensó de inmediato que su descubrimiento podría tener una aplicación homeopática. Solo bastaba tomar una fuente abundante de oscillococci y luego de la potenciación homeopática se convertiría en una panacea. Sin embargo, se desconocen las razones por las que Roy tomó como fuente el hígado y corazón del pato real, que los franceses utilizan para cocinar la pechuga de pato. Estos cocineros llaman al animal Canard de Barbarie, pero los biólogos lo conocen como Cairina moschata. Totalmente en línea con las tradiciones poco científicas de la homeopatía, el Oscillococcinum está marcado en latín con el nombre incorrecto, “Anas Barbariae, Hepatis et Cordis Extractum,” a pesar de que los patos Anas son diferentes de los patos Cairina.

Fuente: HomeoWatch

DilutionChartAhora viene la guinda de la torta: la preparación de hígado y corazón de pato, está diluida a 200C , es decir, una parte de menudencias de pato por 10^{400} partes de agua. Esta dilución es TAN alta que el producto final probablemente no contiene ni una sola molécula del hígado original. (Fuente: Wikipedia). Es decir, si usted se toma esta cosa, básicamente está ingiriendo los componentes inactivos: lactosa y sacarosa… leche con azúcar.

Declaraciones de este tipo:
Screen Shot 2014-07-30 at 4.10.05 PM
resultan falsas e irresponsables, puesto que la efectividad de este medicamento y de la homeopatía en general NO HA SIDO PROBADA.

Registro farmacéutico en Chile

Y llegamos a la parte complicada. En la noticia de LUN se afirma lo siguiente:
Screen Shot 2014-07-30 at 4.16.24 PM
Al leerlo yo me pregunté: “El hecho de que los medicamentos estén en el registro farmacéutico, ¿implica que hayan pasado por estudios de estabilidad, de biodisponibilidad y estudios clínicos que demuestren lo que dice?” Con los medios disponibles (internet) intenté averiguar más al respecto y esto fue lo que encontré:

En el REGLAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS encontré las primeras pistas. En la versión de 1995 (disponible aquí) en el Artículo 41, dice:

Por resolución del Ministerio de Salud dictada a proposición del
Instituto y basándose en recomendaciones de organismos nacionales o
internacionales y publicaciones científicas reconocidas oficialmente, se
determinará la lista de los principios activos contenidos en los productos
farmacéuticos que requieren demostrar su biodisponibilidad.
Asimismo, por resolución del Ministerio de Salud se aprobarán los criterios
necesarios para determinar los productos farmacéuticos que requieren
demostrar equivalencia terapéutica.
Las normas y demás procedimientos para la realización de los estudios de
biodisponibilidad, así como los estudios de equivalencia terapéutica, en los
casos que corresponda, serán aquellas establecidas por resolución del
Ministerio de Salud a propuesta del Instituto de Salud Pública.3

Lo que nos indica que existe una lista de principios activos que requieren una demostración de biodisponibilidad, equivalencia terapéutica, etc.

La versión 2010 del Reglamento tiene mucha más información respecto a la homeopatía en su Artículo 41:

Artículo 41º.- Tratándose del registro sanitario de los productos
homeopáticos, atendida su naturaleza, se tendrán en consideración las siguientes
precisiones, acerca de las siguientes materias:

a) Respecto de los antecedentes de calidad farmacéutica del producto:

a.1. Las denominaciones genéricas de sus principios
activos se expresarán en latín, según lo
establecido en las farmacopeas reconocidas.
a.2. En las fórmulas cuali-cuantitativas, cada
substancia homeopática debe expresarse con su
denominación latina seguida de su grado de
dilución final, es decir, en el producto
terminado, más su concentración.
a.3. Debe haber una clara y completa descripción de la
o las materias primas de la partida que se
emplean en la preparación de la substancia
homeopática, su caracterización, método de
preparación y controles físico-químicos
efectuados.
a.4. Se debe incluir la descripción del o los métodos
de fabricación utilizados en la preparación del
producto terminado.
a.5. Los productos farmacéuticos homeopáticos deben
cumplir con las especificaciones de producto
terminado de acuerdo a la forma farmacéutica en
que ellos se presenten, como cualquier otro tipo
de medicamento, con excepción de la valoración
del o los principios activos en el producto
terminado.
a.6. Cuando los productos homeopáticos se administren
en forma de comprimidos convencionales deben
efectuarse ensayos de desintegración en reemplazo
del ensayo de disolución.

b) Respecto de la presentación de antecedentes que respalden la eficacia y
seguridad del producto, podrán emplearse además de los textos mencionados
expresamente en el artículo 33º del presente decreto, otras farmacopeas, documentos
emitidos por comités de expertos de la OMS u otros reconocidos por decreto supremo
del Ministerio, dictado bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, a propuesta del Instituto.

Lamentablemente no es mucho lo que se especifica en el Art.41b sobre los antecedentes que respalden la eficacia… Pero volvamos a lo de la lista de principios activos:

Publicada en la web del Ministerio de Salud en 2012, en la LISTA DE PRINCIPIOS ACTIVOS CONTENIDOS EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS QUE DEBEN ESTABLECER EQUIVALENCIA TERAPEUTICA MEDIANTE ESTUDIOS IN VIVO O IN VITRO (que pueden revisar aquí) no hay ningún rastro del principio activo contenido en el Oscillococcinum, por supuesto, como era de esperarse.

Actualmente, en la página del Instituto de Salud Pública del Ministerio de Salud de Chile (y gracias a Gabo por el Link) encontramos la Sección Registro Simplificado: Productos Homeopáticos:

Son productos homeopáticos, aquellas especialidades farmacéuticas constituidas por substancias homeopáticas y preparados a partir de componentes o materias primas de origen vegetal, animal, mineral o químico, de acuerdo a un procedimiento de fabricación homeopático, descrito en normas oficialmente aprobadas por decretos supremos del Ministerio, que incluyen obligatoriamente los procesos de dilución y dinamización de sus tinturas madres, los que, además, deben haber sido ensayados en individuo sano y repertorizados, para ser prescritos o utilizados de acuerdo a la ley de la similitud.

Un producto homeopático podrá contener una o varias substancias homeopáticas. Tratándose de las solicitudes de registro sanitario de productos farmacéuticos homeopáticos, sólo podrán acogerse a un procedimiento simplificado de registro cuando cumplan copulativamente con las siguientes condiciones:

-Vía de administración oral o externa.
-Ausencia de indicación terapéutica particular en el proyecto de rotulado gráfico o en los proyectos de folleto de información al profesional y al paciente.
-Estar constituida por una sola sustancia homeopática, en un grado de dilución que garantice la inocuidad del medicamento.
-La sustancia homeopática que compone el producto farmacéutico debe ser obtenida a partir de sustancias o materias primas de origen vegetal, animal, mineral o químico que se encuentren descritas en farmacopeas reconocidas, conforme a un procedimiento de fabricación homeopático que también se encuentre descrito en dichos textos.

Al final las reales exigencias del registro de medicamentos resultan confusas. Nuevamente no hay evidencias de que se requieran ensayos clínicos para comprobar la efectividad del medicamento homeopático, y si los solicitaran, no podrían vender homeopatía sencillamente porque SU EFECTIVIDAD NO ESTÁ PROBADA CIENTÍFICAMENTE. Todo indica, como lo dice nuestra última cita, que lo que se requiere es tener “un grado de dilución que garantice la inocuidad del medicamento,” es decir, que no cause daño, no que sea efectiva.

Así que ya lo saben chicos, no crean en las patrañas de la homeopatía, revisen nuestras notas sobre la importancia del pensamiento crítico (como esta), y recuerden que usar agua y azúcar en lugar de medicamentos reales puede resultar incluso en la muerte (leer links robados al Gabo: 1, 2, 3, 4)

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Les recomendamos también leer la nota de @AlexiusToday en su blog: Toda la evidencia empírica reciente le resta valor terapéutico a la homeopatía